Cadena Alimentaria

ACUERDO COOPERATIVO PARA LA CADENA ALIMENTARIA

     ACUERDO COOPERATIVO PARA LA CADENA ALIMENTARIA

 

 

El Consejo Rector de Virgen de la Cabeza, S.Coop.And., debidamente convocado al efecto y válidamente constituido, en reunión del día 6 de octubre de 2022, celebrada en la sede social de la cooperativa, adopta el presente ACUERDO COOPERATIVO que será de aplicación a todos sus socios.

 

1. PROCEDIMIENTO DE ENTREGA, CLASIFICACIÓN, MUESTREO, TRAZABILIDAD Y VALORIZACIÓN.


ENTREGA/RECEPCION DE ACEITUNA.

 

1. La entrega de aceituna será desde el día 17 de noviembre hasta la fecha que determine el Consejo Rector, de acuerdo con el régimen de entradas, el estado del producto, las condiciones meteorológicas y otras circunstancias.

 

2. La aceituna se entregará a granel, limpia de elementos extraños y en buenas condiciones para su limpieza/lavado/clasificación… rechazándose o practicándose descuentos a las partidas que incumplan estas condiciones.

 

3. El horario de entrega/recepción será:

 

* Aceituna de vuelo, de 08:00 a 18:00 horas.

* Aceituna de suelo, no se recepcionará a principio de campaña hasta que la cantidad de aceituna caída sea significativa, cuando así sea, el horario será de 8:00 a 11:00 y por la tarde al finalizar el peso de la aceituna de vuelo. Se notificará el inicio de la recepción de aceituna de suelo.

Este horario podrá modificarse en función de las condiciones que se den durante la campaña de recolección.

 

4. Es obligatorio la entrega del Documento de Acompañamiento al Transporte (DAT) en cada entrega.

 

 

CLASIFICACIÓN, MUESTREO, CALIDAD, TRAZABILIDAD Y VALORACIÓN.

 

1. Se fijan como estándares de calidad los siguientes:

 

  • Aceituna de VUELO
  • Aceituna de SUELO

 

Se procederá a clasificar la aceituna, según los estándares de calidad enumerados anteriormente.

VUELO:

Se entregará diariamente o como máximo un día después de su recolección para evitar el deterioro del fruto y la merma correspondiente en la calidad del aceite obtenido; en caso contrario, la partida será destinada a la línea de inferior calidad y por lo tanto será valorada como tal.

Está prohibida la utilización de sacos tanto para el almacenamiento como para el transporte de aceituna, en dicho caso la partida será destinada a la línea de inferior calidad y será valorada como tal.

 

SUELO:

Debe entregarse bajo unas condiciones mínimas de limpieza y con la menor cantidad posible de tierra, de no ser así, los operarios de recepción podrán devolver la partida. 

Las partidas que contengan aceituna de VUELO y SUELO juntas, se considerará como SUELO y se liquidará como tal.

Se aconseja lavar los remolques y útiles necesarios para la recolección y transporte de la aceituna antes de comenzar la campaña.

Se prohíbe transportar junto a la aceituna, cualquier tipo de maquinaria que pueda derramar grasas y/o combustible sobre la carga.

 

2. Se tomará una muestra de aceituna de cada partida para analizar el rendimiento graso. La cooperativa guardará una muestra adicional para su uso en caso de que se solicite repetición.

Se establece un plazo de 4 días desde la publicación de los resultados de los análisis para posibles reclamaciones, una vez transcurrido dicho plazo, se procederá a eliminar la muestra guardada.

En caso de repetición, el resultado válido será el del segundo análisis, ya sea superior o inferior al primero. El coste de dicha repetición correrá a cargo del socio que lo solicita.

 

3. Se aplicará una penalización en el coste de limpieza a las partidas que excedan el “tiempo medio de limpieza”, estimado por el sistema de pesaje, dicho “tiempo excedido” será penalizado.

 

4. Se aplicará una bonificación del 50% sobre el coste de limpieza a las partidas de aceituna de VUELO que se entreguen en horario de mañana (de 8:00 a 14:00 horas).

 

5. Deben respetarse los plazos de seguridad de los productos fitosanitarios utilizados, para evitar la aparición de residuos en el aceite, lo que supondría sanciones. Se harán inspecciones aleatorias durante la campaña.

 

6. El socio será responsable de indicar el número de polígono y parcela de procedencia de la aceituna al vaciar la partida.

 

7. En la liquidación de la campaña se tendrá en cuenta el lote de aceite en el que esté cada partida de aceituna entregada.

 

 

A los efectos de dar cumplimiento a la Ley de 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, a continuación, se detallan el proceso para determinar el valor del producto, calendario de liquidación y comunicación al socio.

 

2. DETERMINACIÓN DE LOS COSTES/GASTOS QUE REPERCUTEN EN EL VALOR DEL ACEITE.

 

Los costes que serán imputados en la liquidación son:

 

-          Gastos de Molturación y Funcionamiento

-          Gastos Financieros

-          Prestamos

 

En el proceso transformación, comercialización y gestión se incurre, entre otros, en los siguientes gastos que repercuten en el valor final del producto:

 

-          Gastos de personal

-          Amortización de equipos, instalaciones y maquinaria

-          Suministros

-          Reparación y conservación

-          Impuestos y tributos

-          Seguros

-          Gastos financieros

-          Materiales

-          Transportes

-          Gestión comercial

-          Gastos generales

-          Otros gastos

 

3. CÁLCULO DEL VALOR DEL PRODUCTO.

 

Precio.-

Para la determinación del valor del producto entregado por el socio con destino a comercialización se empleará como referencia el importe pagado por el comprador por cada lote de aceite. Teniendo en cuenta la calidad de la aceituna y la fecha de recogida, se agruparan diferentes lotes en la fijación de valores medios.

 

Gastos.-

Se aplicarán los especificados en el apartado “Determinación de los costes/gastos que repercuten en el valor del producto”.

Para determinar el valor del producto en la liquidación se tendrá en cuenta el precio pagado por el comprador, más la suma de los ingresos obtenidos por la venta de subproductos (hoja, hueso, etc.) y ventas de envasado, menos los gastos/costes de la cooperativa.

 

4. CALENDARIO DE LIQUIDACIÓN.

 

La cooperativa hará un pago a cuenta una vez finalizada la campaña de recogida de aceituna por un importe que será fijado por el Consejo Rector.

Los socios podrán solicitar anticipos por cantidad de producto entregado, por un importe máximo que será fijado y actualizado por el Consejo Rector de acuerdo a los precios de mercado, incluyendo gastos de gestión.

La liquidación final de la campaña se realizará a más tardar a la fecha de finalización del ejercicio económico de la campaña en la que se produzca la entrega del producto.

El calendario anterior podrá modificarse por acuerdo del Consejo Rector en función de la situación de producto vendido y cobrado, comunicando dicha modificación a los socios.

 

5. COMUNICACIÓN A LOS SOCIOS.

 

El presente acuerdo será comunicado fehacientemente al total de los socios de la cooperativa a través de los siguientes medios:

 

-          Publicación del acuerdo en el tablón de anuncios de la cooperativa.

-          Comunicación del acuerdo a través de la página Web de la cooperativa.

 

Los socios tendrán conocimiento del presente acuerdo, por los medios especificados, antes de la entrega de su producción.

 

6. VALIDEZ DEL ACUERDO.

 

El presente acuerdo es válido hasta que se modifique y sea comunicado de nuevo a los socios de la cooperativa.

El presente acuerdo es válido y de aplicación también para aquellos socios que se incorporen a la cooperativa con posterioridad a su aprobación.